NIA 700 Formación de una opinión y Dictamen sobre los Estados Financieros
“Marco de referencia de presentación
razonable” Se utiliza para referirse a un marco de referencia de información
financiera que exige el cumplimiento de los requisitos del marco y: i) Reconoce
que, para lograr la presentación razonable de los estados financieros, puede
ser necesario que la administración proporcione revelaciones más allá de las
específicamente previstas por el marco de referencia; o ii) Reconoce de manera
explícita que puede ser necesario que la administración se aparte de un
requisito del marco de referencia para lograr la presentación razonable de los
estados financieros. Se espera que dichas diferencias sólo sean necesarias en
circunstancias raras.
Opinión
sin salvedades
La opinión expresada por el auditor
cuando concluye que los estados financieros están preparados, respecto a todo
lo importante, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera
aplicable.
Ejemplo:
En nuestra opinión, los estados
financieros consolidados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes
(o presentan un punto de vista verdadero y razonable de) la situación
financiera de la Compañía ABC y sus subsidiarias al 31 de diciembre de 20X1, y
(de) su desempeño financiero y flujos de efectivo para el cierre del ejercicio
de esa fecha, de acuerdo con las Normas Internacionales de Información
Financiera.
Opinión (34) Deberá incluir una
sección con el título “Opinión”
En nuestra opinión, los estados
financieros consolidados de la Compañía ABC para el cierre del ejercicio del 31
de diciembre de 20X1 están preparados, en todos los aspectos importantes, de
acuerdo con la Ley XYZ de la jurisdicción X.
(36) Cuando se expresa una opinión
sin salvedades sobre los estados financieros preparados de acuerdo con un marco
de referencia de cumplimiento, la opinión del auditor deberá ser que los
estados financieros están preparados, en todos los aspectos importantes, de
acuerdo con (el marco de referencia de información financiera aplicable).
(37) Si la referencia al marco de
referencia de información financiera aplicable en la opinión del auditor no son
las Normas Internacionales de Información Financiera, emitidas por el Consejo
de Normas Internacionales de Contabilidad o las Normas Internacionales de
Contabilidad del Sector Público, emitidas por el Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad del Sector Público, la opinión del auditor
deberá identificar la jurisdicción de origen del marco de referencia.
Cuando se expresa una opinión sin
salvedades sobre los estados financieros preparados de acuerdo con un marco de
referencia de presentación razonable, la opinión del auditor deberá, a menos de
que la legislación o normatividad prevean algo diferente, utilizar una de las
siguientes frases que se consideran equivalentes:
a)
Los
estados financieros están presentados razonablemente, en todos los aspectos
importantes,.. .de acuerdo con (el marco de referencia de información
financiera aplicable); o
b)
Los
estados financieros presentan un punto de vista verdadero y razonable de... De
acuerdo con (el marco de referencia de información financiera aplicable).
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